"TRATA DE PERSONAS EN CHINANDEGA"
Integrantes:
Reyna Isabel Ramírez Rosales.
Janny Elizabeth Espinoza Q.
Carmenza Cajina Esquivel.
Nubia Auxiliadora Arévalo B.
Docente:
Msc. Rainiero Romero T.
MAESTRIA EN DOCENCIA UNIVERSITARIA
Managua, 30 de Octubre de 2009
Presentación
"La Trata de Personas es la esclavitud del siglo XXI en el mundo globalizado contemporáneo
Este trabajo de Investigación sobre la Trata de Personas en la ciudad de Chinandega, Nicaragua fue elaborado por un equipo de maestrantes del curso Maestría en Docencia Universitaria que ofrece la Universidad Pablo Freire en el período académico 2009-2010. Este equipo está integrado por: Reyna Isabel Ramírez Rosales., Janny Elizabeth Espinoza Q y .Carmenza Cajina Esquive, funcionarias de la Escuela Judicial, de la Corte Suprema de Justicia y Nubia Auxiliadora Arévalo B. Funcionaria del Ministerio Público. Este trabajo fue realizado como parte de la evaluación del módulo impartido por el Msc. Rainero Romero T., durante la impartición del Módulo I: Redacción de Informes.
El equipo que laboró en este informe considera que dicho trabajo ha sido de mucha utilidad, porque nos ha permitido ampliar los conocimientos sobre el tema Trata de Personas en Nicaragua, y estrechar lazos de coordinación con el Ministerio Público sobre la problemática para enfrentar la Trata de Personas. Los resultados nos servirán para tomar decisiones sobre la necesidad de implementar a corto plazo un Plan de Coordinación Interinstitucional y la Formación Integral para los Jueces y Magistrados del Poder Judicial sobre la Trata de Personas, que también beneficie a funcionarios del Ministerio Público y a todos los operadores de Justicia del país. (Policías, Defensores Públicos, etc.).
A través de los hallazgos encontrados en la investigación pudimos determinar la urgente necesidad de que la Corte Suprema de Justicia sea integrada en la Coalición Nacional contra la Trata de Personas, que atiende el delito de la Trata de Personas en el país, la asignación de recursos financieros para implementar el plan de capacitación y actualizar las estadísticas con el fin de visibilizar el número de casos judiciales, víctimas y agresores de la Trata de Personas identificando claramente su nacionalidad, entre otros.
Reconocimientos
Este trabajo fue realizado como parte de la evaluación del módulo impartido por el Msc. Rainerio Romero T. durante la impartición del Módulo I: Redacción de Informes.
Reconocemos la disciplina, responsabilidad, coordinación y compromiso del equipo de trabajo que elaboramos este informe, sin cuyas cualidades, no hubiera sido posible su realización, dado el grado de responsabilidad y compromisos que tenemos como funcionarias públicas.
Queremos dar un reconocimiento especial a nuestro facilitador Msc. Reinerio Romero T, quien tuvo la tolerancia para aclarar nuestras inquietudes y paciencia para revisar y corregir nuestros trabajo.
Reconocemos la disposición de las personas de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio Público, que nos facilitaron toda la información pertinente para realizar nuestra investigación.
Finalmente a nuestros familiares, por su apoyo incondicional para que fortalezcamos nuestro conocimiento sobre la Trata de Personas, sin cuyo apoyo sería más difícil cumplir con nuestra meta.
Resumen Ejecutivo
El presente trabajo investigativo pretende presentar al lector una visión panorámica del delito transnacional de Trata de Personas. En él se abordan los antecedentes históricos que nos llevan a conocer cómo y cuándo se inicia esta reprochable conducta entre los seres humanos y su desarrollo evolutivo.
Además plantea el momento en que las legislaciones deciden tomar cartas en el asunto y penalizar esta conducta delictiva. Dicha penalizacion también tiene su propio proceso y ha sido poco a poco el avance en la legislación nacional e internacional.
Tienen como objetivos brindar información clara y precisa sobre el impacto del delito de Trata de Personas en mujeres adolescentes en Nicaragua.
El equipo decidió exponer el tema sobre la Trata de Personas por considerarlo de vital importancia en nuestro país por cuanto al ser Nicaragua un país que reúne todas las condiciones económicas, culturales y sociales que facilitan la comisión de este delito nacional y transnacional.
En este informe se aborda el problema de la Trata de Personas de manera general, inicialmente y se hace énfasis en la incidencia de este delito en el departamento de Chinandega.
Desarrolla el tema considerando: Antecedentes históricos que permitirán al lector hacer un recorrido por la historia desde su aparición de este abominable delito hasta nuestros días en que ha ampliado, refinado y extendido sus tentáculos hacia la presa fácil que son niños, niñas, adolescentes y mujeres.
Así mismo, establece la relación entre los Derechos Humanos y el delito transnacional de Trata de Personas, la forma en que se le violan los Derechos Humanos a las víctimas
Vincula el delito de Trata de Personas con el Crimen Organizado tanto en sus procedimientos, como los miles de millones de dólares que genera, los daños que causa a las personas que ataca y sobre todo lo difícil que se torna la demostración y castigo del mismo.
También las personas lectoras de este informe podrán conocer todo el trabajo jurídico, tanto en el ámbito internacional como en el nacional, ya que existe la voluntad jurídica y política de acabar con este vergonzoso delito de esclavitud moderna.
Podrán reconocer todos los esfuerzos que realiza le Estado nicaragüense para el control de este delito y también sabrán todo lo que hace falta, todo el camino por recorrer en la persecución y búsqueda de este tipo de delincuentes.
Por otro lado conocerán cuanto colaboran las personas familiares de las víctimas en la comisión de este delito. Tendrán claramente definido las diferentes formas de operar de los delincuentes.
Pretende también determinar las formas de manifestación del delito de Trata de Personas en el departamento de Chinandega, además de conocer las formas de operar de los tratantes.
Igualmente pretende sensibilizar a la población para garantizar la protección especial de la niñez y la adolescencia. Consideramos que con mayor conocimiento sobre la forma del modus operandi de los tratantes, las personas con mayor vulnerabilidad y las formas de denunciar ayudarán a la población a evitar la comisión de este delito con ribetes transnacional.
INDICE
Introducción Páginas 9 a 11
Objetivos Generales y Específicos Página 11
Metodología Página 11 a 12
Desarrollo Temático Página 13
Capítulo I : Antecedentes Históricos Página 13 a 17
Capítulo II: Relación con los Derechos Humanos Página 17 a 21
Capítulo III: Vinculación del Delito de Trata de Personas
con el Crimen Organizado Página 21 a 24
Capítulo IV: Marco Jurídico de la Trata de Personas Página 24 a 32
Capítulo V: La Trata de Personas en el Departamento de
Chinandega Página 32 a 40
Capitulo VI: Conclusiones Página 40 a 41
Capitulo VII: Recomendaciones Páginas 41 a 42
Acrónicos Página 43
Anexos: Páginas 44 a 51
Bibliografía Página 51
Introducción
Las estudiantes del Curso sobre Redacción de Informes de la Universidad Pablo Freire, seleccionamos este tema denominado: "Trata de Personas en la ciudad de Chinandega "con el fin de obtener mayor información sobre este delito, La Trata de Personas, es un delito que recientemente fue tipificado en el Artículo 127 del Código Penal las estadísticas no están elaboradas por departamento, ni cuál es el tratamiento de la Trata de Personas en general. La falta de un análisis profundo acerca de la Trata de Personas en el país y en particular en la ciudad de Chinandega, es la razón principal del desarrollo de este informe con el fin de llegar a una investigación más detallada y precisa.
El problema de la Trata de Personas en Nicaragua, se viene abordando formalmente desde el año 2000, sinembargo, es hasta en los últimos tres años que la Trata de Personas ha adquirido más notoriedad y visibilidad en la región, como consecuencia del incrementó la actividad delictiva. El papel preponderante lo han jugado los Organismos no Gubernamentales como Casa Alianza (albergues y casas hogares) y Save The Children, e iniciativas de la sociedad civil y movimientos de mujeres. La coordinación es clave para analizar el problema, intercambiar información sobre el progreso logrado a la fecha, y coordinar los esfuerzos entre las instancias participantes. A pesar de los esfuerzos de coordinación tanto la coordinación intergubernamental, interinstitucional e intersectorial, todavía existen debilidades en ese sentido, al no encontrarse integrado la representación de instituciones del Sistema de Justicia, como es el Poder Judicial.
Los casos registrados han sido atendidos por las instancias correspondientes, pero eso no ha significado el otorgamiento de recursos a las víctimas, ni de atención integral o especializada. INTERPOL y Cancillería, han asumido su papel en cuanto al apoyo y trámite en la repartición de las víctimas en los casos de trata internacional.
Es de vital interés que la Corte Suprema de Justicia adopte una firme posición de liderazgo en la cuestión de la Trata de Personas a efectos de abordar efectivamente el tema, combata el delito de Trata de Personas y lo incorpore en su Plan de Trabajo institucional y en especial en el Plan de Formación de la Escuela Judicial, asegurando su financiamiento. En ese sentido, hasta ahora, únicamente se ha realizado una capacitación en la que han sido incluidos algunos jueces con duración de dos días en la cual se han capacitados algunos funcionarios judiciales y fiscales con apoyo de Save The Children. La relación interinstitucional con la Comisión de Trata de Personas establecida en Nicaragua, es muy reciente por lo que se requiere mejorar los mecanismos de coordinación interinstitucional para abordar la trata en forma más amplia, en varios frentes, de manera más focalizada y a nivel nacional, priorizando la ciudades como Chinandega y otras, en las cuales se presenta el delito con mayor incidencia.
Este informe nos muestra cómo este delito ha sido subestimado en la Corte Suprema de Justicia, en parte por la falta de información que nos ha llevado a la falta de comprensión del fenómeno, por la falta de recursos humanos y materiales especializados en el tema de la Trata de Personas y la falta de coordinación inter-institucional y la falta de información y atención por parte del público en general y en particular del sistema de justicia integral. Valoramos de muy importante y positivo este trabajo de investigación, ya que sus resultados nos permitirán que autoridades de la Corte Suprema de Justicia y de la Escuela Judicial al igual que el Ministerio Público inicien un proceso de capacitación para resolver este problemática que a medida que permanezca invisibilizada por las instituciones en esa medida estaremos retrocediendo en nuestra visión y misión.
• I. Objetivos General:
Brindar información sobre el impacto del delito de Trata de Personas en niños, niñas, mujeres adolescentes en Nicaragua.
• II. Objetivos Específicos:
1- Determinar las formas de manifestación del delito de Trata de Personas en el departamento de Chinandega.
2-Conocer las formas de operar de los tratantes.
• III. Metodología:
Este informe sobre la Trata de Personas en la ciudad de Chinandega, se basa en el trabajo de la revisión de literatura existente y las estadísticas limitadas que proporcionan información sobre la Trata de Personas en Nicaragua y particularmente en la ciudad de Chinandega.
Para nuestra investigación realizamos selección, análisis y lectura de medios escritos como el Nuevo Diario, La Prensa, Memorias de la Corte Suprema de Justicia en el período 2000- 2008,[1] Informes estadísticos de la Escuela Judicial de la Cote Suprema de Justicia e Informes estadísticos del Ministerio Público del 2008. Utilizamos información encontrada en las páginas Web sobre el trabajo realizado en la Trata de Personas por la OIM, UNICEF, OIT; ACNUR, así como también por la Coalición Nacional contra la Trata de Personas y las instituciones que lo integran, entre ellas el Ministerio de Gobernación, el Ministerio de la Familia, Migración y Extranjería, etc. Se destaca la información del gobierno de los Estados Unidos a través de los informes anuales TVP (Ley de Protección a las Víctimas de Trata de Personas) de varios años.
• IV. Desarrollo Temático
Capítulo I
Antecedentes históricos:
Este tipo penal se conoció originalmente como "Trata de blancas", término totalmente discriminatorio y que se utilizó en el siglo XIX; es un delito que atenta directamente contra los derechos humanos considerado como la esclavitud del siglo XXI. Este delito consiste en el traslado forzoso o mediante engaño de una o varias personas de su lugar de origen (ya sea a nivel interno del país o transnacional), la privación total o parcial de su libertad y la explotación laboral, sexual o similar.
El término trata de blancas se refería a las mujeres europeas que eran llevadas con fines de explotación sexual (concubinato, prostitución entre otras) a países de Europa del Este, Asia y África. De ahí el término trata de blancas, pues eran únicamente mujeres de tez blanca[2]. Fue utilizado formalmente en la Conferencia de París de 1902, la que pretendía crear un instrumento internacional para la persecución del tráfico de esclavas blancas, manteniéndose la discriminación hacia los esclavos y esclavas de otro color de piel, protegiendo únicamente a las mujeres de piel blanca.
En la actualidad cualquier persona puede ser víctima de explotación, no únicamente mujeres blancas y no sólo en la explotación sexual. Por eso hoy le llamamos Trata de Personas, pues cualquiera: hombres, mujeres, niñas, niños y jóvenes, pueden ser víctimas de cualquier tipo de explotación. Cualquiera puede ser una víctima, sin importar el tipo de explotación mientras se den tres condiciones: Traslado, Limitación o privación de la libertad y Explotación.
La Trata con fines sexuales en América Latina y el Caribe se remontan a la época de La Conquista, cuando los españoles, dando cumplimiento a la "ley de guerra", tomaban o entregaban el "botín de mujeres" al vencedor, ello originó el comercio sexual en la región y en los establecimientos para su ejercicio. Durante la época de La Colonia en América, aparecieron las primeras normas para penar dicha actividad, y también el proxenetismo con sanciones que podían llegar hasta la pena de muerte .
Durante todo el Siglo XX, pero de forma más acentuada después de cada guerra mundial, este tráfico continuó, y también fueron víctimas las mujeres europeas, que huyendo del hambre y el horror de la guerra, eran presa fácil de los traficantes. Este hecho llevó a que la actividad tomase el nombre de Trata de Blancas, denominación que luego se trasformó en Trata de Personas y que actualmente es penalizado en todas las naciones. Es así que debido al crecimiento de este delito, su expansión cada vez a más países, como también a la diversidad de razas involucradas -ya no sólo etnia blanca- y edades de las víctimas; el término "Trata de Blancas" pasa a denominarse "Trata de Personas"[3]
La Trata de Personas en América Latina y el Caribe tiene dos características principales: el tráfico interno, en el que mujeres, niños, jóvenes y hombres son trasladados de una zona a otra dentro de su propio país, y el tráfico externo, en el que son trasladados a otro país. Este último está dirigido a cubrir una demanda más amplia en el mercado internacional y por ello está relacionado directamente con redes de Estados Unidos, de Europa y Asia, que tienen sus puntos de operación y reclutamiento en nuestra región. Los centros más activos estarían localizados principalmente en Brasil, Surinam, Colombia, República Dominicana y las Antillas, donde se inicia el tráfico hacia los centros de distribución ubicados en países ricos del hemisferio norte, principalmente Europa (España, Grecia, Alemania, Bélgica y Holanda), Medio Oriente (Israel) y Asia (Japón).
La investigadora Maqueda Abreu, en su libro "Una nueva forma de esclavitud", plantea que la estructura del delito de Trata de Personas se volvió más compleja y selectiva, pues la explotación de la prostitución se distanció de los burdeles clásicos para vincularse a la industria del ocio, de lo visual, de la relajación y las diversiones, apareciendo una diversidad de ofertas: saunas, clubes, salones de masajes, hoteles, servicios de acompañantes, salones de té, bares, etc. Hay que agregar las necesidades más variadas y caprichosas que el cliente desea comprar.
La investigadora señala que el actual comercio sexual internacional está en presencia de una clientela más dependiente de las modas que prefiere mujeres extranjeras, que a parte de ser más "baratas", son muy "exóticas", por ello afirma que nos encontramos en presencia de un exotismo que se relaciona con estereotipos sexistas, racistas más clásicos, donde las mujeres asiáticas serán más dulces, las africanas más salvajes y las suramericanas "libres y disponibles".
En este nuevo escenario desaparece la figura del típico rufián y aparecen las redes criminales de carácter internacional que se encargan de crear y mantener circuitos comerciales generalmente entre países en vías de desarrollo y los más industrializados diversificando de esa manera sus actividades comerciales y, ampliando sus tentáculos a toda aquellas actividades que pudieran reportarles ganancias millonarias.
Afirma la autora Silvia Sánchez, en su obra "La expansión del derecho penal, Madrid" 1999, "que la criminalidad organizada es la criminalidad de la globalización.¨
Esta segunda fase histórica es la progresiva preocupación de los diferentes organismos internacionales ante los sectores de mayor vulnerabilidad con relación al tema: mujeres, adolescentes, niños y niñas en particular, por el ascendente incremento mundial registrado con relación a la explotación infantil en el ámbito laboral y sexual, así como su reclutamiento con fines militares.
Con la aprobación en 1998 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de la Convención sobre los Derechos del Niño, en la cual los Estados partes se comprometieron a adoptar en sus legislaciones internas administrativas, sociales, educativas apropiadas para la protección del niño y la niña contra toda forma de abuso físico o mental, descuido o tratos negligentes, malos tratos y explotación sexual.
Con el avance de las transformaciones tecnológicas, comunicacionales y económicas acaecidas a finales de los años 90 hasta la fecha, han sido utilizadas por estos grupos vinculados al crimen organizados de carácter transnacional para desarrollar el mercado de la Trata de Personas, como ha sido la incrementación de nuevos tipos penales tales como pornografía en Internet, especialmente mujeres jóvenes y adolescentes e infantes. Además de la proliferación de grupos de pedófilos que operan a través de redes en diversos países.
Instrumentos internacionales, las legislaciones de cada país, la Comisión de Jefes y Jefas de Policía de Centroamérica y el Caribe, el Parlamento Centroamericano y la Comisión de Seguridad, instancia que da seguimiento al Modelo de Seguridad Democrática, constituyen el marco de la región para actuar contra el crimen organizado que ataca las sociedades y de forma particular a la mujer.
Según un informe del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América de junio de 2005, entre 600.000 y 800.000 personas son víctimas de Trata de Personas a través de las fronteras internacionales cada año. De estas el 80% son mujeres y niñas y 50% personas menores de edad. Esto sin contar las víctimas que se desplazan internamente a lo largo y ancho del país sin cruzar las fronteras internacionales y son sometidas a varias formas de explotación.
Capítulo 2:
Relación con los Derechos Humanos
A partir de la década anterior, el delito de Trata de Personas se ha venido incrementando, situación que es sumamente preocupante y ha obligado a los Estados Partes de las Naciones Unidas a analizar la situación, buscar alternativas legales para el control y la erradicación del mismo.
Es altamente alarmante además que el hecho de que la incidencia en estos casos se haya incrementado de tal forma que estudios realizados por las Naciones Unidas hayan reflejado que los mayormente afectados son niños, niñas, adolescentes y mujeres, el hecho de que los países más pobres son los que más la sufren y que los países con mayores recursos sean los que contratan bajo cualquier modalidad a las víctimas de estos delitos, violentado de forma flagrante sus derechos.
De los estudios también realizados para analizar el comportamiento de estos casos se ha establecido que son muchos y diversos los factores que influyen para que este delito se de, entre ellos tenemos los cambios en las estructuras sociales de las últimas décadas producto de las sucesivas crisis socio-políticas y económicas que atraviesan todos los campos que competen a la organización de la sociedad, como lo económico, social, estatal y hasta lo familiar e individual.
El problema es de tal magnitud que el delito de Trata de Personas, no puede verse como un delito cualquiera al que se le debe perseguir y sancionar, sino que se le debe ver como un problema que afecta de forma directa derechos que le son inherentes a todo ser humano y que están reconocidos en la Convención de los Derechos del Hombre y que además han sido acogidos por los Estados Partes que conforman las Naciones Unidas.
Al problema del delito de la Trata de Personas, se le debe de atender de manera integral, no sólo debe ser perseguido y sancionado, sino que además se le deben garantizar a las víctimas de este tipo penal todo lo necesario para que se le puedan restablecer a la mayor brevedad posible los derechos que han sido violentados.
Por la grave afectación y traumas que implica no sólo para la víctima directa del delito, sino para su familia y a la sociedad en general, el delito de Trata de Personas ha sido considerado como una flagrante violación a los Derechos Humanos, porque afecta la integridad de las personas, el poder decidir en condiciones de igualdad y con enfoque de derechos sobre lo que es mejor o no para su vida, es lo que hace que esta "relación" sea totalmente desigual y violatoria de sus derechos humanos.
La protección especial que merecen nuestra niñez y adolescencia, que está debidamente establecida en la Convención de los Derechos del Niño y el Código de la Niñez y la Adolescencia de Nicaragua, se ve directamente afectada con prácticas tan inhumanas como es la Trata de Personas.
Este no es un delito que ocurre únicamente en Nicaragua, sino que a nivel mundial estamos sufriendo las graves consecuencias de este flagelo, donde los mayormente vulnerables son nuestra niñez y adolescentes a quienes por su condición de minoría de edad se ven especialmente afectados.
Una de las mayores preocupaciones de las Naciones Unidas no sólo ha sido el sancionar a los tratantes de personas, sino proteger a las víctimas de este delito, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente reconocidos, teniendo en cuenta que si bien existe una gran variedad de instrumentos jurídicos internacionales que contienen normas y medidas prácticas para combatir la explotación de las personas, especialmente las mujeres, los niños y las niñas, no son suficientes para el debido tratamiento, sino que debe existir voluntad de toda la humanidad de erradicar este delito que está considerado como una esclavitud moderna junto a otras manifestaciones de violaciones de derechos humanos.
Debemos estar claros que la Trata de Personas no sólo es un acto de violencia, sino que constituye una de las más graves violaciones de los derechos humanos, por cuanto afecta el interés superior de los niños, niñas y adolescente al ser separados de sus familiares y de su núcleo social, se les somete a otros tratos inhumanos que no sólo afecta su integridad física, sino también su integridad sexual, psicológica y moral.
Este delito y todos los actos que de el se derivan constituye una gravísima forma de vulnerar los Derechos Humanos de la niñez y la adolescencia, porque atenta contra su dignidad, su desarrollo afectando severamente múltiples derechos, ejemplo: protección contra todas las formas de violencia, derecho a la salud, a la educación, recreación, vivir en familia, derecho a la justicia y por sobre todo, el derecho pleno a su vida, la cual se ve en grave peligro cuando producto del ejercicio abusivo de poder pueden hasta perderla al tratar de escapar de esta nueva forma de esclavitud.
A la vez que la Trata de Personas es un acto delictivo, es también una forma de explotación económica asimilable a los trabajos forzados y a la esclavitud, por lo que se le denomina como una de "las peores formas de trabajo infantil".
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Hoy en día, como parte del fenómeno general del tráfico de migrantes se incrementa el tráfico de mujeres. La feminización de la migración internacional coloca a muchas mujeres en puestos vulnerables: (servicios domésticos, diversión, inducción a la prostitución de mujeres jóvenes, etc.).
De acuerdo con el Informe de Desarrollo Humano en Nicaragua, la mayor desigualdad económica es soportada por las mujeres, siendo sus ingresos individuales apenas el 40% de los obtenidos por los hombres, ubicándose el mayor porcentaje de pobreza en las regiones central del atlántico y en forma particular en el ámbito rural. Ante la falta de oportunidades en el país, la migración se convierte en un recurso para asegurar la sobrevivencia. Las remeses familiares para los años 1999 extraoficialmente se colocaban en el orden de US 600 millones de dólares. Como elementos asociados a la pobreza se destacan: Malas condiciones de hábitat, salud y nutrición, bajo rendimiento escolar, bajo nivel de instrucción, baja productividad, bajos ingresos por desempleo y subempleo, desintegración familiar.
Las brechas relativas a empleos, remuneraciones, servicios y oportunidades que dividen el campo y la ciudad, así como los conflictos armados, la crisis económica y fenómenos naturales han provocado un intenso movimiento migratorio en la población nicaragüense a lo largo de las últimas décadas. Las personas se trasladan temporal o definitivamente de un ambiente a otro en busca de condiciones de vida mas propicias, trabajo mejor pagado y la decisión de dejar su lugar, muchas veces se toma por necesidades económicas. Se dan migración internas y externas del campo a la ciudad y asimismo a otro país. Se estima que en 1999 cerca de un millón de nicaragüenses vivían fuera del país, especialmente en Costa Rica y Estado Unidos.
Se destacó como una de las principales causa de emigración la falta de puestos de empleo que genera ingresos insuficientes para la supervivencia individual y familiar. Por lo que se deberían priorizar las actividades que fomente la inversión general para la creación de empleo especialmente diseñados para las mujeres.
Incluirse los temas migratorios en los planes estratégicos municipales y proyectos de desarrollo municipal
En el año 2009 la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en coordinación con la Secretaría Ejecutiva de la Coalición Nacional contra la Trata de Personas impulsó una Campaña Regional para Centroamérica y México. "No más Trata de Personas, la cual tiene como objetivo visibilizar los fines de la explotación de la Trata de Personas incluyendo la sexual forzada y laboral, es coordinada por la Ministra de Gobernación Ana Isabel Morales, INTUR, MINSA, OIM, Casa Alianza UNICEF y Save the Children entre otros. Se inició oficialmente el 23 de Julio en Nicaragua, Guatemala, Costa Rica y El Salvador y está patrocinada por la Conferencia Regional sobre las Migraciones (CRM). A través de ésta campaña se brindará información veraz y oportuna que permita a la población en general conocer el modus operandi de la delincuencia internacional en cuanto a la Trata de Personas, órganos y delitos conexos. Esta campaña tiene carácter Regional. Simultáneamente el Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), a través del Proyecto contra la explotación Sexual-comercial en niños, niñas y adolescentes, están impartiendo cursos de capacitación a los gabinetes de Turismo, promotores juveniles y a los inspectores de INTUR en los departamentos de Masaya, Granada y Chinandega. Talleres similares se impartirán en Estelí, Somoto y Chinandega.
Capítulo 3:
Vinculación del delito de Trata de Personas con el Crimen Organizado
Se sabe que el delito de tráfico de niños y niñas para la explotación sexual y el tráfico de mujeres para la industria del sexo va indudablemente, de la mano del crimen organizado transnacional, con su formación de redes delictivas, en diferentes puntos del mundo, conformando una actividad criminal ejercida en forma colectiva por varias personas vinculadas para la comisión de un delito, dando origen a la denominada delincuencia social, la misma que genera una creciente ola de desadaptados personajes, que acrecientan la degeneración social, fenómeno difícil de aplacar puesto que aquellos rufianes en su maquiavélico afán de alcanzar un mejor estatus económico, identifican a sus víctimas en su mayoría mujeres y niños, para luego a través de engaños, presión, las sacan de sus hogares utilizando una variedad de medios y mecanismos irregulares e ilegales, lo que equivale al tráfico de personas, manteniéndolas muchas veces en cautiverio.
"el crimen organizado no existe como tipo ideal, sino como un 'grado' de actividad criminal o como un punto del 'espectro de legitimidad".
El delito de Trata de Personas es un "negocio", que genera diez millones de dólares anuales, siendo así la tercera actividad ilegal que más ganancias rinde, detrás del tráfico de armas y de drogas.
Según las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF) cada año un millón y medio de niños son víctimas de trata, cifra que aumenta a dos millones cuando se contabiliza a las mujeres. Las víctimas aumentan al tiempo que vemos la inacción o ineptitud de algunos Estados para combatir este flagelo.
Las manifestaciones de este delito es todo un proceso de coacción y explotación que se inicia con el reclutamiento en el lugar de origen de la víctima y que continúa con la explotación en los lugares de tránsito y de destino. Es decir que la Trata de Personas no solamente debe ser considerada como migración forzada y una violación a los Derechos Humanos, sino como un Delito Transnacional, que comprende a los Estados en la adopción de acciones encaminadas a combatirlo.
Todos los instrumentos jurídicos no son suficientes, si los Estados Partes de las Naciones Unidas y la sociedad no toman conciencia y demuestran una verdadera voluntad para hacerle frente.
Al ser uno de las tres actividades ilícitas que genera mayores ganancias a nivel mundial, lógicamente los intereses que se mueven alrededor de estos son grandes y las modalidades son variadas, por lo que se tienen que tomar acciones a lo inmediato para hacerles frente. El hecho de que los países más vulnerables sean aquellos donde la pobreza es mayor se expone de manera inmediata a la niñez y la adolescencia y a las mujeres porque este sector de la población siempre han sido los más desprotegidos.
Siendo un delito que forma parte de una de las actividades del Crimen Organizado[4], la Trata de Personas también nos ha afectado, ya que Nicaragua está catalogada entre los países con más alto índice de corrupción y entre las sociedades con mayor inequidad. La falta de inversión y asignación de presupuesto, la pobreza y desigualdades socioeconómicas, entre las ciudades y el campo, impiden el cumplimiento efectivo de los derechos de niñas, niños y adolescentes, mujeres y varones.
El delito de Trata de Personas a pesar de generar ganancias billonarias a nivel mundial como parte del Crimen Organizado, a pesar que afecta directamente los Derechos Humanos de las personas, aún continúa invisibilizadas para algunos sectores de la población no sólo mundial, sino también en Nicaragua. Esto hace que hasta la fecha se siga tratando como un hecho aislado que no se percibe a nivel local y se asume el delito como parte de los riesgos de buscar mejores condiciones de vida, sin cuestionarse sobre la gravísima violación a los Derechos Humanos culpabilizando a las víctimas y sus familias, lo cual tiene que ver con los comportamientos patriarcales y machistas que legitiman la demanda de servicios sexuales como práctica normal y socialmente valorada.
A nivel nacional se debe visualizar y hacer conciencia de la gravedad que representa para nuestra niñez y adolescencia el delito de Trata de Personas y brindarle el tratamiento integral que amerita para que no se vulneren los derechos humanos a que nuestra niñez y adolescencia tienen derecho.
Capítulo 4
Marco Jurídico de la Trata de Personas
4.1 Internacional
El marco legal internacional, nos muestra que los derechos de las víctimas y la preocupación por su defensa se encuentran incluidos en instrumentos legales como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW); la Convención de los Derechos del Niño (CDN) y su Protocolo; la Convención Internacional sobre la Protección de todos los Trabajadores Migratorios y de sus familiares; la Convención sobre la esclavitud; la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la trata de esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la esclavitud; el Convenio sobre el Trabajo Forzoso; Convenio para la represión de la Trata de Personas y de la explotación de la Prostitución ajena, documentos de la OIT; el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, Foros Internacionales, como la Conferencia Mundial contra el Racismo; la Discriminación Racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
- Dentro de este marco Jurídico Internacional en el año 2000, en el mes de diciembre 147 países firman en Palermo, Italia la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Trasnacional y sus dos Protocolos Complementarios, uno contra la Trata de Personas, en especial Mujeres y Niños, y un segundo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Aire, Mar y Tierra. Por primera vez un instrumento internacional define la Trata e insta a los Estados a crear mecanismos para su prevención, legislar internamente para combatirla y capacitar a sus funcionarios para aplicar dicha legislación,
- Entró en vigencia en Diciembre de 2003.
- Hasta Octubre de 2007, 17 países son signatarios y 107 lo han ratificad.
- El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas del 2000 define la Trata de Personas en el artículo 3 de la siguiente manera:
Para los fines del Protocolo:
- a) Por "Trata de Personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;
- b) El consentimiento dado por la víctima de la Trata de Personas a toda forma de explotación intencional descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado;
c) La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará "Trata de Personas" incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo
d) Por "niño" se entenderá toda persona menor de 18 años.
En el año 2004 de manera específica y especial se designada como el día Internacional del Recuerdo de la Trata de Personas, siendo este el 19 de Agosto. El Día Internacional de la Trata de Personas fue proclamado por la UNESCO para honrar la victoriosa revuelta de esclavos y personas explotadas de Haití en 1791, que concluyó con la independencia de ese país en 1804. [5]
4.2 Marco Jurídico Legal en Nicaragua,
La Constitución Política de la República de Nicaragua a la luz de los artículos 27, 28, 36 y 71 in fine establece que la violación a estos derechos inherentes al ser humano serán penalizados.
El Artículo 40 CN.- Nadie será sometido a servidumbre. La esclavitud y la trata de cualquier naturaleza, están prohibidas en todas sus formas. La Constitución Política de la República de Nicragua protege a todos los niños, niñas y adolescentes de cualquier forma explotación económica y social (Art. 84 CNA), obligando a la autoridad administrativa, (Ministerio de la Familia) a tomar las medidas necesarias para proteger y rescatar a los niños, niñas y adolescentes que encuentren en peligro su integridad física, psíquica o moral (Art. 85 CNA).
Instrumento legal Fecha de ratificación
Constitución Política de Nicaragua de 1985 y sus reformas.
Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, 05/10/1990.
Convenio 182 de la OIT sobre "Las peores formas de trabajo infantil" 06/11/2000.
Protocolo Facultativo a la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía, 12/03/2003.
Código Penal de la República de Nicaragua, 12/12/2007.
El Código Penal de la República de Nicaragua aprobado en el año 2007 y que entró en vigencia en el mes de julio de 2008, con el que se logró un avance significativo, pues en el país no se tipificaban los delitos de explotación sexual comercial. Actualmente, éstos están contemplados en Título II, Capítulo II Delitos contra la libertad e integridad sexual.[6]
El Delito de Trata de Personas aunque se encuentra ubicado en el capítulo de los delitos contra la libertad e integridad sexual, los fines van más allá, pues se contemplan aquellos relacionados con la esclavitud o adopción, para que sean ejercidos dentro o fuera del territorio nacional. La sanción es pena de prisión de siete a diez años y se agrava cuando la víctima sea menor de 18 años, por la protección especial que merece.
3- Protocolo de Procedimientos para la Repatriación de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Trata, elaborado en el seno de la Coalición contra la Trata y aprobado en el año 2008.
4.3 La Trata de Personas en Nicaragua
Según referencias de las Naciones Unidas, el Crimen Organizado factura hoy en día US$12.000 millones anuales y hoy en día mueve US$32.000 millones, esto es, al menos cuatro veces el producto interno bruto de Nicaragua.
4.3.1 Antecedentes y causas.
Hay varias razones por las que hombres, mujeres y niños/ as son contactados, reclutados, movilizados, vendidos y comprados por redes de tratantes. Entre estas razones están principalmente la falta o limitada presencia de oportunidades así como el aprovechamiento de los sueños de las personas que viven en condiciones de pobreza, desempleo y poco acceso a la educación. Algunas personas consideran la posibilidad de tomar grandes riegos y creer en las promesas que otras personas les hacen para que tomen la decisión de viajar y encontrar un "futuro mejor". A esto hay que sumarle que frecuentemente estos grupos están dispuestos a asumir riesgos, como salirse de su entorno para emprender un viaje o dejar atrás a su familia y amigos sin saber a qué se van. Frecuentemente están dispuestos a viajar a un lugar desconocido en el que algunas veces se van a encontrar con una cultura y un idioma diferente.
5. ¿Cómo funciona la Trata de Personas?
Algunas son atraídas con promesas de dinero, de trabajos bien remunerados y algunas veces de educación. También hay casos donde las personas son reclutadas mediante agencias que ofrecen trabajos y arreglan todo lo indispensable para que la persona realice el viaje. Generalmente el tratante corre con estos costos -por ejemplo los documentos necesarios para salir del país, la visa, los tiquetes de viaje- para luego poder crear una deuda. En el momento en el que la víctima llega a su destino final se encuentra con que la deuda aumenta día tras día, pues deben pagar por su comida, hospedaje y otras cosas que decida el tratante.
El tratante mantiene constantemente el control sobre la víctima. El temor es usado para someterlas; por lo general esto se hace recordando a la víctima la deuda que tiene por medio de violencia, tortura, violaciones e intimidación. Amenazas contra la familia y los amigos son comunes para hacer que cumplan con lo que los tratantes piden. Además les sustraen sus documentos de identidad y les dicen que serán deportadas y encarceladas si acuden a la policía.
4.3.2 Condiciones que facilitan la Trata de Personas
Tres condiciones son necesarias que se dan en la Trata de Personas: Traslado: que la persona se traslade o la trasladen desde su entorno (ciudad, departamento, país) a otro entorno diferente. No importa si es llevada fuera del país o de una ciudad a otra. Lo que importa es su desarraigo de la comunidad de origen. La persona no es libre de hacer lo que quiere y está limitada en su libertad de movimientos. Aunque no haya cadenas de metal, no se puede ir porque está sometida a varias medidas de presión o violencia. Muchas veces son encerradas o maltratadas, otras veces hay amenazas contra ellos o contra su familia (sin importar donde se encuentren), y puede existir una deuda que debe pagar a quien las explota.
4.3.3 Tipos de actividades de Explotación
Las personas son explotadas en muchos tipos de actividades dentro de todos los ámbitos laborales u oficios, no es únicamente en explotación sexual: también explotación en el servicio doméstico, en la mendicidad, en matrimonios serviles, en la pornografía, de niños y niñas vinculados a grupos armados al margen de la ley, entre muchos otros. No sólo las mujeres son víctimas de Trata de Personas, también los hombres, niños y niñas. Existen muchas modalidades de explotación de Trata de Personas, tanto laborales como sexuales.
4.3.4 Los roles asumidos por los Tratantes
Los tratantes cumplen varias funciones en el proceso de la Trata de Personas. Tratante puede ser quien recluta, quien organiza el viaje o tramita los documentos, quien acoge la persona a su llegada, quien amenaza, castiga y obliga a trabajar. Toda esta cadena está vinculada por el conocimiento que la víctima va a ser explotada, utilizada como un objeto en su destino. Algunos tienen agencias de viajes o de empleos. También pueden ser familiares o amigos. No existe un perfil de los tratantes pues muchos tipos de personas pueden estar buscando ganar dinero a costas del sufrimiento y la explotación de otros.
4.3.5 Vulnerabilidad de las Víctimas frente a la Trata
De acuerdo a una investigación de la OIM. Las personas que cumplen con tres características tienen mayor grado de vulnerabilidad a ser víctimas de la trata. Las características son: 1) alta proclividad al riesgo, es decir que están dispuestas a correr altos riesgos, 2) espacios temporales cortos (necesidad de obtener resultados en corto plazo), 3) están rodeados de redes sociales expulsoras (por ejemplo familiares o amigos que constantemente le están insinuando que tome riesgos o que busque oportunidades en otros lugares o que siga el ejemplo de otras personas)
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Factores individuales |
Factores externos |
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4.3.6 Mecanismos para cometer el delito de Trata de Personas
En la Trata de Personas, el engaño no ocurre siempre en la oferta de trabajo. En muchas ocasiones el engaño es sobre las condiciones del trabajo ofrecido. Por ejemplo, muchas víctimas de Trata de Personas con fines de explotación sexual saben antes de viajar que van a trabajar en alguna actividad relacionada con sexo. Sin embargo, al llegar al país de destino las condiciones no son como se las habían planteado. Algunas víctimas que escapan son posteriormente amenazadas por sus tratantes y obligadas a reingresar en las redes de explotación.
4.3.7 Formas de regresar a la víctima a su país de origen
Siempre que sea posible, se debe procurar que una persona víctima de trata no sea deportada sino repatriada (si ella o él así lo desea). Existen diversas entidades a las que una persona víctima de trata en otro país puede acudir. La institución más adecuada es el Consulado de su país en el país en el que se encuentra. En algunos países también existen líneas telefónicas gratuitas especializadas en el tema, ONGs y Organismos Internacionales como la OIM. Las víctimas de Trata de Personas en su mayoría regresan repatriadas gracias a la intervención de las autoridades del país de destino y de origen y de Organismos Internacionales y ONG.
• V. LA TRATA DE PERSONAS EN EL DEPARTAMENTO DE CHINANDEGA.
Chinandega es la cabecera departamental del departamento del mismo nombre. Está ubicada en el extremo noroccidental de Nicaragua. Limita al Norte con Madriz y Honduras, al Sur con el Océano Pacífico, al Este con los departamentos de León y Estelí y al Oeste con el Océano Pacífico y Honduras. Tiene una población de 428,105 habitantes con una densidad poblacional de 89 hab/km2. Su extensión territorial es de 4,926 Km². Cuenta con 13 municipios: Chinandega, El Viejo, Chichigalpa, Posoltega, San Pedro de Potrero Grande, El Realejo, Villanueva, San Francisco Cuajiniquilapa, Santo Tomás del Nance, Puerto Morazán, Somotillo, Cinco Pinos y Corinto.
Los valiosos recursos naturales con que cuenta Chinandega facilitan el desarrollo de diversas actividades productivas. Destaca el desarrollo de la pesca, la industria, la agroindustria, una actividad comercial y de servicio en movimiento, pero sobre todo una actividad agropecuaria que genera empleo al 40 por ciento de la PEA ocupada2) departamental, y que aporta de manera significativa a la producción agropecuaria nacional por concentrar gran parte de los cultivos de agro exportación del país.
V.1 Hallazgos encontrados en el Departamento de Chinandega sobre la Trata de Personas.
- En Chinandega la Organización Internacional para las Migraciones actualmente lleva adelante un plan contra la Trata de Personas, y lanzó la campaña Llama y Vive. Para la OIM, Chinandega es un departamento vulnerable y es una importante ruta para la Trata de Personas. De acuerdo con información de la OIM, Policía de Guatemala contabiliza más de 500 muchachas, la mayoría menores de edad, que están trabajando en clubes nocturnos, cantinas y bares, con documentos de identidad falso.
- Un mapeo elaborado por la organización Save The Children muestra que sólo en Chinandega hay más de 58 puntos ciegos y 26 zonas de concentración de víctimas de los tratantes.
- Financiamiento por la OIM del Proyecto de inserción pretende fortalecer las instancias del Gobierno para prevenir y atender a las víctimas. Busca repatriar a las víctimas de Trata de Personas, a quienes se les buscará un albergue donde serán tratadas y aprenderán un oficio. La Red de Mujeres Contra la Violencia se encargará de encausar a las afectadas y luego serán pasadas a Mi Familia y al INATEC para ser capacitadas. El proyecto durará un año y su costo es de 200 mil dólares.
- Ese plan está integrado por UNICEF, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Fundación Ricky Martín, entre otros organismos. La Trata es un tema prácticamente clandestino, ligado a la migración indocumentada y el tráfico de personas con diferentes fines. En el proyecto en Chinandega se identificaron 50 casos, y de esos se asistieron a 30 víctimas de ‘trata', quienes voluntariamente solicitaron ayuda con información ocupacional y ayuda psicológica. Inició en el mes de Marzo del 2007 y concluye en Setiembre del 2008.
- Para cualquier denuncia sobre casos de trata la población de Chinandega, pueden marcar la línea 133 que es gratuita, confidencial y pertenece al Ministerio de la Familia.
- La OIM, indica en su informes que no hay cifras sobre la Trata de Personas porque es un tema muy complejo que compete acciones interinstitucionales desde el Ministerio de la Familia, a la Policía y a Migración, entre otros, por lo que quieren dar un paso más planificando y diseñando proyectos conjuntos para ser más efectivos con los fondos destinado. El enfoque del proyecto está dirigido a todos los niveles ya que la Trata de Personas abarca a niños, adolescentes y adultos. Para tratar de llegar a estos sectores se han impartido talleres con diferentes metodologías de acuerdo a la edad y nivel académico de las personas, ya que algunos no saben leer. Se pretende que el tema de la Trata de Personas pueda abarcar no solamente a las personas afectadas, sino también a las estructuras del Gobierno, Sociedad civil y líderes comunitarios, con el propósito de sensibilizar en toda la sociedad.
- La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) contrató a dos psicólogas a través del Ministerio de la Familia (Mi Familia), que durante un año atenderán a víctimas de Trata de Personas originarias de este departamento. La OIM, quien aseguró que esa institución asumirá el salario de ambas profesionales, y esperan que después d
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